La Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, ha transpuesto a nuestro ordenamiento jurídico aquellas disposiciones de la Directiva 2009/138/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, sobre el acceso a la actividad de seguro y de reaseguro y su ejercicio (conocida como Directiva Solvencia II), que requerían un desarrollo por norma con rango de ley. En concreto, los artículos 80 a 82 y 144, establecen la obligación de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, de publicar con carácter anual, un informe sobre su situación financiera y de solvencia (Solvency and Financial Condition Report, SFCR), con el objetivo de que suministren una información coherente, comparable y de alta calidad a todos los interesados en su situación financiera y de solvencia.
Para garantizar la calidad y fiabilidad de la información divulgada públicamente y mejorar el grado de confianza de los interesados en la exactitud de dicha información, se debe realizar una revisión externa independiente de dicha información, tal como prevé el Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras (artículos 91.2 y 181.3). Este informe de revisión debe ser elaborado con la intervención de un actuario y un auditor.
Meco Actuarios, ofrece el servicio de sus actuarios que cumplen los requisitos profesionales de capacitación y experiencia para realizar los trabajos de índole actuarial de la citada revisión, colaborando con los auditores para emitir conjuntamente el informe de revisión.